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Document 12016A073

Versión consolidada del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica
TÍTULO II - DISPOSICIONES DESTINADAS A PROMOVER EL PROGRESO EN EL ÁMBITO DE LA ENERGÍA NUCLEAR
CAPÍTULO 6 - Abastecimiento
Sección 6 - Disposiciones particulares
Artículo 73

DO C 203 de 7.6.2016, pp. 30–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/euratom_2016/art_73/oj

7.6.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 203/30


Artículo 73

Si un acuerdo o convenio entre un Estado miembro, persona o empresa, por una parte, y un tercer Estado, organización internacional o un nacional de un tercer Estado, por otra, implicare, entre otras cosas, el suministro de productos que sean de la competencia de la Agencia, será necesario el acuerdo previo de la Comisión para poder celebrar o renovar tal acuerdo o convenio en lo que respecta al suministro de tales productos.


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