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Anulación de actos jurídicos por el Tribunal de Justicia

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Artículo 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)

Artículo 264 del TFUE

Artículo 266 del TFUE

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTOS ARTÍCULOS?

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

¿Quién puede ejercer el recurso de anulación ante un Tribunal?

Ejercer el recurso de anulación

Motivos para la anulación de un acto

El artículo 263 del TFUE (párrafo 2) establece los siguientes motivos para la anulación de un acto:

Anulación de un acto

El artículo 264 del TFUE representa la base jurídica para la anulación de un acto.

Conformidad con la sentencia del Tribunal

La Parte cuyo acto ha sido anulado debe adoptar las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia del Tribunal (artículo 266 del TFUE).

ANTECEDENTES

El recurso de anulación es un instrumento jurídico que permite a los países e instituciones y organismos de la UE, así como a los ciudadanos, empresas y grupos de interés en determinadas circunstancias específicas, solicitar directamente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea un control judicial para verificar la legalidad de los actos de la UE.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Sexta Parte. Disposiciones institucionales y financieras. Título I. Disposiciones institucionales. Capítulo 1. Instituciones. Sección quinta. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Artículo 263 (antiguo artículo 230) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 162-163).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Sexta Parte. Disposiciones institucionales y financieras. Título I. Disposiciones institucionales. Capítulo 1. Instituciones. Sección quinta. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Artículo 264 (antiguo artículo 231 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 163).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Sexta Parte. Disposiciones institucionales y financieras. Título I. Disposiciones institucionales. Capítulo 1. Instituciones. Sección quinta. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Artículo 266 (antiguo artículo 233 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 163).

DOCUMENTOS CONEXOS

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Séptima parte. Disposiciones generales y finales. Artículo 340 (antiguo artículo 288 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 193).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Sexta Parte. Disposiciones institucionales y financieras. Título I. Disposiciones institucionales. Capítulo 2. Actos jurídicos de la Unión, procedimientos de adopción y otras disposiciones. Sección primera. Los actos jurídicos de la Unión. Artículo 288 (antiguo artículo 249 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 171-172).

última actualización 20.01.2021