7.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 202/60 |
Artículo 30
(antiguo artículo 25 TCE)
Quedarán prohibidos entre los Estados miembros los derechos de aduana de importación y exportación o exacciones de efecto equivalente. Esta prohibición se aplicará también a los derechos de aduana de carácter fiscal.